Certificado Digital: qué es, para qué sirve y cuándo es obligatorio

¿Qué es el certificado digital?

El certificado digital es un documento electrónico que contiene tus datos de identificación y permite que te identifiques de forma segura en internet.
Podría considerarse como un DNI en formato electrónico, con el que puedes interactuar con administraciones públicas y otras entidades para realizar trámites online.

¿Qué trámites se pueden realizar con el certificado digital?

Con un certificado digital puedes llevar a cabo gestiones como:

  • Presentar y liquidar impuestos.
  • Consultar multas de tráfico.
  • Solicitar subvenciones.
  • Consultar tu vida laboral.
  • Inscribirte en el padrón municipal.
  • Presentar recursos y reclamaciones.

Además, te permite firmar documentos electrónicamente, con la misma validez legal que una firma manuscrita. Esto incluye contratos, formularios y otros documentos oficiales de manera telemática.

Requisitos para obtener el certificado digital

  • Clientes nacionales: DNI.
  • Extranjeros: NIE y pasaporte.
  • Personas jurídicas: CIF de la entidad, identificación del administrador, poderes que lo acrediten, además de un número de teléfono y un correo electrónico.

¿Es obligatorio el certificado digital?

En España, para personas jurídicas sí es obligatorio.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece en su artículo 14 que las personas jurídicas deben relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos en cualquier procedimiento administrativo.

El certificado digital garantiza la identificación segura de la empresa o su representante legal, asegurando la autenticidad de las comunicaciones y la integridad de los documentos presentados, otorgando plena validez legal a las transacciones electrónicas.

Certificados digitales en Libra Gestoría Administrativa

En Libra Gestoría Administrativa facilitamos la emisión y renovación de certificados digitales con profesionales acreditados.

  • Nuestros certificados tienen la misma validez que los emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
  • La diferencia es que no tendrás que desplazarte para verificar tu identidad o presentar documentación: todo se realiza a través de nuestra plataforma.

¿Qué diferencia existe entre nuestros certificados y los de la FNMT?

Ninguna. Ambos son igual de válidos y pueden usarse ante los mismos organismos públicos.
La ventaja con Libra Gestoría es la comodidad: no tendrás que acudir presencialmente a una delegación de Hacienda ni esperar largas citas.

Tipos de certificados digitales que emitimos

1. Certificado digital de persona física

  • Para cualquier ciudadano con DNI o extranjero con NIE y pasaporte.
  • Permite realizar trámites ante administraciones públicas y privadas, firmar documentos y contratos en nombre propio con plenas garantías legales.

2. Certificado digital de entidades con personalidad jurídica

Se consideran entidades con personalidad jurídica aquellas con CIF que empiece por:

  • A y B: Sociedades anónimas y limitadas.
  • C: Sociedades colectivas.
  • D: Sociedades comanditarias.
  • F: Sociedades cooperativas.
  • G: Asociaciones, fundaciones, partidos políticos, sindicatos, federaciones deportivas, organizaciones empresariales, asociaciones de consumidores, etc.
  • J: Sociedades civiles.
  • N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica, sociedades anónimas o cooperativas europeas, embajadas, consulados, oficinas comerciales extranjeras en España, entre otras.
  • P: Ayuntamientos o diputaciones.
  • Q: Organismos públicos.
  • R: Congregaciones e instituciones religiosas.
  • S: Gobiernos de comunidades autónomas.
  • V: Sociedades agrarias de transformación, agrupaciones de interés económico, agrupaciones europeas de interés económico, etc.

3. Certificado digital de entidades sin personalidad jurídica

Se consideran entidades sin personalidad jurídica aquellas con CIF que empiece por:

  • E: Comunidades de bienes, herencias yacentes, explotaciones agrarias de titularidad compartida.
  • H: Comunidades de propietarios.
  • N: Corporaciones o entes sin personalidad jurídica con presencia en España, entidades en atribución de rentas en el extranjero, entre otras.
  • P: Juntas vecinales, departamentos u órganos dependientes de la Administración sin personalidad jurídica.
  • S: Órganos de la administración central y autonómica, salvo los gobiernos autonómicos.
  • U: Uniones temporales de empresas.
  • V: Fondos de inversión, de pensiones, de capital riesgo, de titulización hipotecaria y otros fondos sin personalidad jurídica.
  • W: Entidades no residentes con establecimiento permanente en España.

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En Libra Gestoría Administrativa te ayudamos a tramitar tu certificado digital sin esperas innecesarias.
Ganarás tiempo, comodidad y la seguridad de contar con profesionales acreditados.