Trámites de vehículos en España: dudas frecuentes y soluciones legales
En Libra Gestoría Administrativa & Asesoría Jurídica, con sede en Málaga y servicio en toda España, resolvemos a diario numerosas consultas relacionadas con la matriculación de vehículos, cambios de titularidad y trámites ante la Jefatura de Tráfico. A continuación, aclaramos algunas de las dudas más habituales que nos plantean nuestros clientes en asesoría legal y jurídica.
¿Cuánto tiempo puedo circular en España con un vehículo adquirido en el extranjero?
Si adquieres un vehículo en el extranjero y eres nacional español o residente legal en España, no puedes circular indefinidamente con él. La Agencia Tributaria puede exigirte el pago del impuesto de matriculación, además de posibles sanciones administrativas y económicas. El vehículo debe ser registrado en España dentro del plazo correspondiente.
Plazos para matricular un vehículo extranjero
- Vehículos procedentes de países fuera de la Unión Europea: 30 días.
- Vehículos con documentación y placas europeas: 6 meses.
Mientras se tramita la ITV y la matriculación, es posible solicitar placas verdes temporales. Desde Libra Gestoría Administrativa & Asesoría Jurídica recomendamos este trámite para poder circular sin riesgos de multas futuras.
Cambio de NIE a DNI en el carnet de conducir
Si has obtenido la nacionalidad española, es obligatorio comunicar el cambio de NIE a DNI en tu permiso de conducir ante la Jefatura de Tráfico.
Vehículos adquiridos en Ceuta: documentación necesaria
En los cambios de titularidad de vehículos procedentes de Ceuta, es obligatorio aportar el DUA (Documento Único Administrativo), es decir, la declaración aduanera que debe presentarse ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Puede un menor de edad ser titular de un vehículo?
Sí, es posible que un menor de edad figure como titular de un vehículo. Es una consulta habitual en nuestra gestoría administrativa y asesoría jurídica, y la respuesta es afirmativa.
Cambio de titularidad por divorcio
Cuando el cambio de titularidad del vehículo se produce como consecuencia de un divorcio, es necesario aportar:
- Sentencia de divorcio, o
- Convenio regulador ratificado ante notaría.
¿Cómo se acredita el domicilio ante la Jefatura de Tráfico?
La forma de acreditar el domicilio varía según la situación de la persona:
Personas de nacionalidad española
- DNI
- Certificado de empadronamiento actualizado, con una validez máxima de 3 meses.
Personas extranjeras
- Empadronamiento actualizado,
- Escrituras de compraventa, o
- Contrato de alquiler.
Te ayudamos con tus trámites de forma sencilla y eficaz
En Libra Gestoría Administrativa & Asesoría Jurídica de empresas te ayudamos y asesoramos para que todos tus trámites de tráfico y vehículos se realicen de manera sencilla, eficaz y conforme a la normativa vigente.
