Modelo 210 para no residentes: presentación y asesoramiento fiscal
Gestionamos el Modelo 210 si tienes inmuebles, alquileres u otras rentas en España. Estudiamos tu caso, calculamos la liquidación y presentamos el impuesto por ti, estés donde estés.
Tu Modelo 210, bien planteado desde el primer paso
Inmuebles en España
Revisamos la tributación de propiedades, alquileres y rentas imputadas de no residentes.
Venta y ganancias patrimoniales
Calculamos la liquidación vinculada a la transmisión de inmuebles u otras ganancias obtenidas en España.
Fiscalidad entre países
Analizamos los convenios aplicables cuando mantienes vínculos fiscales con España, Latinoamérica o Estados Unidos.
¿Qué es el Modelo 210 y cuándo puede afectarte?
El Modelo 210 es la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para determinadas rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente.
No todos los supuestos se calculan ni se presentan igual. La clase de renta, el país de residencia fiscal, la documentación y el resultado de la declaración determinan el tratamiento y el plazo aplicable.
Rentas y operaciones que revisamos
- Alquileres y rentas imputadas de inmuebles situados en España.
- Venta de propiedades por parte de personas no residentes.
- Rendimientos de capital mobiliario y otras rentas obtenidas en España.
- Ganancias patrimoniales y operaciones con dimensión internacional.
Antes de presentar, comprobamos qué obligación existe realmente y qué documentación la respalda.
Asesoramiento fiscal para no residentes
Análisis de tu situación
Cálculo y presentación
Control de plazos
Qué incluye la gestión del Modelo 210
Cálculo y presentación
Calculamos y presentamos el Modelo 210 para alquileres, rentas imputadas, transmisiones y otras rentas sujetas al IRNR.
Revisión fiscal internacional
Revisamos deducciones y convenios para evitar la doble imposición, especialmente cuando mantienes vínculos con Latinoamérica o Estados Unidos.
Plazos y seguimiento
Controlamos los plazos, organizamos justificantes y te informamos de notificaciones o actuaciones necesarias.
CÓMO TRABAJAMOS
Así gestionamos tu Modelo 210
Un proceso claro para revisar tu situación fiscal, preparar la liquidación y presentar la declaración sin desplazamientos innecesarios.
Nos cuentas tu caso
Nos indicas qué bienes, alquileres, ventas o ingresos tienes en España y desde qué país tributas.
Revisamos
Comprobamos el tipo de renta, los justificantes y el plazo de presentación aplicable a tu situación.
Calculamos y presentamos
Preparamos el Modelo 210, te explicamos el resultado y realizamos la presentación ante la Agencia Tributaria.
Te acompañamos
Conservamos el seguimiento del trámite y te ayudamos a planificar las siguientes obligaciones relacionadas.
Fiscalidad internacional sin cabos sueltos
Además de la liquidación del Modelo 210, revisamos cómo se coordinan tus obligaciones en España con tu país de residencia. Trabajamos con clientes que mantienen propiedades, inversiones o negocios vinculados con Latinoamérica y Estados Unidos.
El objetivo es que entiendas qué se presenta, por qué y qué obligaciones pueden venir después, evitando duplicidades y decisiones fiscales aisladas.
¿Para quién es este servicio?
- Propietarios no residentes con inmuebles en España.
- Inversores latinoamericanos o estadounidenses con actividad en España.
- Españoles residentes en el extranjero con obligaciones fiscales pendientes.
- Empresas y profesionales con operaciones transfronterizas.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 210
Resolvemos las dudas más habituales antes de revisar la documentación y el plazo aplicable a tu caso.
Es la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para declarar determinadas rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente, incluidas rentas y operaciones inmobiliarias en los supuestos previstos.
Puede afectar a propietarios no residentes con inmuebles o alquileres en España, a quienes transmiten propiedades y a personas o entidades que obtienen otras rentas sujetas al IRNR. Revisamos cada supuesto antes de presentar.
Depende del tipo de renta y del resultado. En alquileres devengados desde 2024 puede existir la opción de agrupar anualmente si se cumplen los requisitos o de declarar por cada devengo; otras rentas tienen plazos propios.
Sí. La gestión puede coordinarse a distancia. Te indicaremos la documentación, el sistema de identificación o representación y cualquier actuación adicional que requiera tu caso.
Pueden aplicarse recargos e intereses y, según las circunstancias, otras consecuencias tributarias. Conviene revisar cuanto antes la declaración pendiente y la forma correcta de regularizarla.
Las rentas derivadas de la transmisión de un inmueble por un no residente se declaran mediante el Modelo 210 y tienen un plazo específico. Revisamos la operación y su documentación antes de calcular la liquidación.
Sí. Analizamos el convenio aplicable entre España y tu país de residencia para coordinar la tributación cuando corresponda, sin asumir que todos los convenios ofrecen el mismo tratamiento.
